¿DERECHOS DE QUIEN? ¿NIÑOS? ¿QUE ES ESO? NO LOS CONOZCO
Hace un par de semanas que visite al poder Judicial de la provincia de Tierra del Fuego, con el objeto de presentarme para impulsar un procedimiento que haga efectiva o fáctica la defensa y respeto de los Derechos de los Niños, los cuales son de rango y jerarquía constitucional en la Argentina.
En el ínterin, como parte de un medio periodístico aproveche la oportunidad para tomar la foto de la secretaria de la Jueza del juzgado en cuestión. Por razones personales, no daré nombre del funcionario, por cuanto creo que no es la parte más importante de lo que hoy voy a narrar.
Cual sería mi sorpresa cuando me dijo, que suprimiera la foto. Respetuoso de su solicitud efectué la petición de mi interlocutora. Renglón seguido en la oficina de la misma pasamos revista sobre tema de fondo, el cual convocaba a un conjunto de vecinos ante la denuncia del Municipio de Ushuaia. En representación de los vecinos estábamos presentes tres personas, entre las cuales se encontraba una NIÑA. La abogada del juzgado explicó los pormenores del caso, para luego buscar una solución. Por lo cual nos presentó un innovador procedimiento, el de la “Mediación”, el cual está en una etapa empírica en la justicia provincial. El propósito de esta instancia es evitar la judicialización de la anomalía cometida por los vecinos y evitar así un costoso proceso desde todo punto de vista. Los buenos oficios, consejos y garantías esgrimidos por la secretaría del juzgado, fueron convincentes a los oídos de la referente barrial y la hija menor, que en este procedimiento nos acompañaba por razones que vulneraban sus derechos como sujeto de los mismos.
Cual no sería nuestra sorpresa que prácticamente al día siguiente en el barrio, aparece una cuadrilla con operarios subcontratados por el municipio por medio de una empresa, para la destrucción de un piso de cemento, que con mucho sacrificio los padres construyeron con sus magros ingresos.
Los operarios venían con masas para efectuar el procedimiento de una orden judicial, que no decía lo que ésta cuadrilla efectuó. La destrucción de una construcción.
¿Por qué? Por cuanto sobre la platea se había terminado de construir un espacio de recreación, el “Primer Centro comunitario del Niño” en Ushuaia.
¿Cuáles fueron las razones por las cuales sin aviso previo, actuaron de la forma anteriormente descripta? El mal asesoramiento efectuado por la funcionaria, la cual garantizó un procedimiento administrativo alternativo, el cual no fue respetado según lo acordado.
Cuando se le preguntó al juzgado del ¿por qué?, la respuesta del mismo fue: “El abogado de la comuna de la capital fueguina desestimó la Mediación”. Una total burla a los vecinos, crédulos en un correcto asesoramiento del juzgado, que no aclaró la otra alternativa.
Uno se preguntaría: ¿Y cual es la novedad de lo que hoy expongo?. Voy a tratar de ser lo más conciso, sintético posible sobre todo el desarrollo de la cuestión y sobre que estamos hablando.
En primer lugar puede que sí o que no sea ésta la primera visita al Blog, pero es importante que sepamos que el mismo busca asesorar, motivar, enseñar,… etc., y así el vecino tenga argumentos del como proceder a futuro en todo proceso judicial.
El corolario parabólico verbal de la Ley de Murphy dice: Si en algo te asesoran en forma condicional, seguramente todo te va a salir mal en forma cuadrática.
O sea SI = MALª <=> a = 2
En pocas palabras en todo juzgado común lo normal, es pensar que el abogado defensor expuso todo el caso correctamente con rigurosidad científica y legal para que seamos favorecidos y ganemos el caso.
Pero la realidad de las probabilidades estadísticas, es todo lo contrario, en primer lugar el abogado se come las comas y usted es condenado. Ó no presento los hechos conforme a los derechos que le asisten y se transforma en reo de muerte, siendo inocente.
A donde lo quiero conducir el juez cuando toma un caso, debería ser Salomónico y no dependiente exclusivamente de las declaraciones de los abogados, o sea, su proceder debería ser por lógica el inquirir o profundizar sobre el fondo de la causa, para que luego pueda acertar, cuando dicta sentencia.
Creo que los juzgados han perdido en su inmensa mayoría el objeto del porque es tan importante LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS.
Es muy probable que se pregunten: “¿Este tema de los derechos de los párvulos hay que respetarlos?”
Finalizo, a la Niña en el desarme de su Centro Comunal, jamás se le preguntó lo que pensaba o si estaba de acuerdo en el proceso judicial.
Otro dato: hace muchos años que algunos de los barrios más humildes de Ushuaia, no son tomados en cuenta, en los mismos viven decenas de niños, sin las más mínimas condiciones de salubridad. Porque de acuerdo al municipio, ellos no tienen que estar en el medio, cuando a los padres le dicen: “NO PONGAN A LOS NIÑOS DE ESCUDO O EN EL MEDIO”.
¡Pero claro! Tampoco la justicia obliga al municipio a generar suelos urbanizables conforme a la Carta Orgánica de la ciudad y los derechos constitucionales de LOS NIÑOS, para que las familias vivan en condiciones de dignidad y no ocupen espacios abandonados por el municipio de Ushuaia.
Mustapic Federico Antonio.
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