La Discapacidad en la Argentina es otro terremoto en las estructuras público-administrativas
Convención sobre los derechos de las Personas con discapacidad El 3 de mayo de 2008 entró en vigencia la histórica Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad . Este tratado de la ONU había sido firmado por 81 naciones -entre ellos, la República Argentina- el 30 de marzo de 2007, y requería ser ratificado por al menos 20 países.
El presente Concordato internacional representa un importante paso para modificar la concepción que la sociedad tiene acerca de la discapacidad, al mismo tiempo que asegura el reconocimiento básico para las personas junto a la oportunidad de vivir la vida con la mayor plenitud posible. Para dimensionar este importante logro, se pueden citar otros tratados de derechos humanos, tales como las convenciones sobre los derechos del niño y de la mujer, que resultaron sumamente eficaces en la lucha contra la violación de esos derechos. Los países que han ratificado la Convención, no sólo aceptan entonces, las obligaciones jurídicas que le corresponden en virtud del Tratado, sino que comprometen a sus Estados para que produzcan todas las legislaciones necesarias para su cumplimiento.Asimismo, cuando alcance jerarquía constitucional, la sociedad civil tendrá la posibilidad y responsabilidad de verificar que se lleve a cabo.
¿Por qué ha sido necesaria una convención especial para las Personas con Discapacidad? ¿Acaso no tienen los mismos derechos que todos los demás?
En un mundo perfecto, los derechos enumerados en la Declaración Universal de Derechos Humanos serían suficientes para proteger a todos. Pero en la práctica, a ciertos grupos, como las mujeres, los niños y los refugiados, les ha ido mucho peor que a otros y las convenciones internacionales tienen por objeto proteger y promover los derechos humanos de tales grupos. Del mismo modo, los 650 millones de personas con discapacidad –alrededor del 10% de la población mundial—carecen de las oportunidades que tiene la población en general. Se enfrentan a un cúmulo de obstáculos físicos y sociales que:
- Les impiden recibir educación;
- Les impiden conseguir empleo, incluso cuando están bien cualificados;
- Les impiden tener acceso a la información;
- Les impiden obtener el adecuado cuidado médico y sanitario;
- Les impiden desplazarse;
- Les impiden integrarse en la sociedad y ser aceptados.
Argentina está entre los países que tiene normatizado el marco legal de protección a las Personas con Discapacidad de manera más completa, lo que significa un especial desafío a la hora de hacer cumplir todas y cada una de las reglamentaciones vigentes.
Para bajar el texto completo de la Convención (pdf)
Para conocer una síntesis acerca de esta Convención, ingresar AQUÍ
-FUENTE: Hugo Fiamberti (APPDUS) y Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas
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